Resolución Expediente Acta Nº
Nº 678/023 REC-2023-69-1-001332 74/2023
 
Referencia
RECLAMO PRESENTADO POR LA SRA. FLECCHIA ROSSANA EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELÉCTRICAS (UTE)
 
Resolución

VISTO: el trámite en línea REC-2023-69-1-001332 del reclamo presentado por la Sra. FLECCHIA Rossana en contra de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE);
RESULTANDO: I) que el reclamo es por la tensión recibida en el servicio del cual la reclamante es titular;
II) que en consulta previa UTE presentó las mediciones de tensión realizado entre los días 1° de febrero de 2023 a las 00:00hs y 18 de mayo de 2023 a las 19:00hs, los cuales arrojaron valores reglamentarios;
III) que el informe técnico de fecha 3 de agosto de 2023 concluye que la tensión se encuentra dentro de los rangos aceptables;
IV) que en consecuencia se dio vista de lo informado a ambas partes, sin que fueran aportados elementos técnicos que hagan re ver lo informado;
CONSIDERANDO: I) que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto 500/991 al conferir vista de estas actuaciones a las partes interesadas;
II) que la calidad del servicio de Distribución que suministra UTE se encuentra reglamentada en el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica (RCSDEE), dictado por URSEA, vigente desde 2003 y en aplicación desde 2006;
III) que en definitiva UTE actuó dentro de los parámetros reglamentariamente establecidos;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 17.598 del 13 de diciembre de 2002 en su redacción actual, y al Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica (RCSDEE);

EL DIRECTORIO DE URSEA
RESUELVE:

1.- Desestimar el reclamo presentado por la Sra. FLECCHIA Rosanna.
2.- Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 74/2023 de fecha 11/28/2023